Normativa
- Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada.
- Resolución del Rector de la Universidad de Granada, de fecha 28 de julio de 2023 (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023), referente a la Delegación de competencias del Rector, se delega en el Decano la competencia para la resolución de las solicitudes de admisión por reconocimiento parcial de estudios atribuida al Rector en el artículo 67 del Texto Consolidado del Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada.
- Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Plazos
- 1-30 Abril de 2025 (primer plazo)
- 1-7 Julio de 2025 (solo en los casos en los que no se cubran las plazas en el primer plazo)
Nº Plazas
- 5 plazas en total
Requisitos
- Tener 30 ECTS
- no tener agotadas 6 convocatorias en alguna asignatura
- no haber consumido plazos permanencia
- no debe suponer obtención automática del título
Solicitud
Sólo serán válidas las solicitudes que se presenten a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada.
Documentación a Presentar
Según la vía de acceso a la universidad.
Por Bachillerato:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Certificado Académico Oficial Universitario
- Nota selectividad PEvAU(fase general y específica)
- Autobaremo
Por Grado Superior:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Certificado Académico Oficial Universitario
- Nota Ciclo Formativo Grado Superior
- Nota selectividad PEvAU (fase específica)
- Autobaremo
En caso de alegar una situación excepcional, deberá añadir la documentación acreditativa para su consideración.
Notas
Para que esta documentación sea válida y tenida en cuenta, deberá tener máximo como fecha de emisión el último día del periodo de presentación de solicitudes.
Toda comunicación que se realice por esta Universidad se realizará a través del expediente iniciado por su solicitud presentada en la Sede Electrónica.